Curso especialista en mediación de accidentes de tráfico y circulación 780.- euros bonificables 100%

Nuevo curso curso en modalidad blended learning (presencial por videoconferencia). 60 horas presenciales (videoconferencia) los viernes por la tarde y esta es la guía didáctica del mismo:

 

GUÍA DEL CURSO

 

El precio del estudio es de 780€ (a solo 13€ la hora de presencial) y es bonificable en su totalidad. 100% RECUPERABLE A TRAVÉS DEL CRÉDITO FORMATIVO

Significado:

La despenalización de las faltas de tráfico desde el pasado mes de Julio (la reclamación de responsabilidad civil derivada de las lesiones causadas en accidentes de tráfico comenzará a tramitarse en vía civil) y la inminente entrada en vigor de la Ley 35/2012 de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación, pone de relieve no sólo el gran número de asuntos que van a pasar a ser competencia de la jurisdicción civil, sino también el papel relevante que la mediación civil va a jugar para la solución de este tipo de conflictos.

Demanda:

La reforma del código penal que ha tenido lugar en julio de 2015 ha modificado de forma sustancial la vía por la que se reclaman las lesiones sufridas en accidente de circulación. El juicio por accidente de tráfico sale del ámbito penal, desaparece del forense, y ahora se hace necesario contar con procuradores, peritos médicos, mediadores con esta especialización y despachos de abogados que se dedican a la reclamación de indemnización por accidente de tráfico.

Perfiles

Dirigido a los procuradores y aquellos otros profesionales que ya tengan una formación inicial de mediación y que quieran adquirir conocimientos y acreditación específica en el ámbito de la mediación en accidentes de tráfico.

 

La Ley 35/2012 ha recogido un nuevo modelo de mediación que recoge textualmente:

Seis. Se introduce un nuevo artículo 14, con el siguiente contenido:

«Artículo 14. Procedimiento de mediación en los casos de controversia.

En caso de disconformidad con la oferta o la respuesta motivada y, en general, en los casos de controversia, las partes podrán acudir al procedimiento de mediación de conformidad con lo previsto en la Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles.
A tal efecto, será el perjudicado quién podrá solicitar el inicio de una mediación, en el plazo máximo de dos meses, a contar desde el momento que hubiera recibido la oferta o la respuesta motivada o los informes periciales complementarios si se hubieran pedido.
Podrán ejercer esta modalidad de mediación profesionales especializados en responsabilidad civil en el ámbito de la circulación y en el sistema de valoración previsto en esta Ley, que cuenten con la formación específica para ejercer la mediación en este ámbito. El mediador, además de facilitar la comunicación entre las partes y velar porque dispongan de la información y el asesoramiento suficientes, desarrollará una conducta activa tendente a posibilitar un acuerdo entre ellas.
Recibida la solicitud de mediación, el mediador o la institución de mediación citará a las partes para la celebración de la sesión informativa. En particular, el mediador informará a las partes de que son plenamente libres de alcanzar o no un acuerdo y de desistir del procedimiento en cualquier momento, así como que la duración de la mediación no podrá ser superior a tres meses, que el acuerdo que eventualmente alcancen será vinculante y podrán instar su elevación a escritura pública al objeto de configurarlo como un título ejecutivo.»

Para poder ser mediador en este tipo de conflictos entre partes perjudicadas y compañías aseguradoras, la persona mediadora deberá contar cumplir los siguientes requisitos:

Formación específica en Mediación.
Especialización en Responsabilidad Civil en el ámbito de la circulación y en el sistema de valoración previsto en la citada Ley.
Por ello, con el presente programa se pretende formar a Mediadores especialistas en tales campos, al objeto de que puedan desarrollar la actividad de mediación entre particulares perjudicados y aseguradoras en accidentes de circulación.

 

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